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Documento BOE-A-1998-21437

Resolución de 24 de julio de 1998, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso promovido por doña Consolación Jiménez Aguilar.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 10 de septiembre de 1998, páginas 30723 a 30723 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-21437

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a), de la Ley de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene

a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia número

548 de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 16 de abril de 1998, que es

firme, recaída en el recurso número 1604/1996, interpuesto por doña

Consolación Jiménez Aguilar, contra la Resolución de 12 de agosto de 1996,

de la Universidad Politécnica de Madrid, que rechazó la petición de la

actora, encaminada al abono del complemento específico por méritos

docentes con efectos de 1 de abril de 1989, siendo su parte dispositiva

del siguiente tenor literal:

"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo

interpuesto por la Letrada señora Perona Mata, actuando en nombre y

representación de doña Consolación Jiménez Aguilar, contra la Resolución

de 12 de agosto de 1996, de la Universidad Politécnica de Madrid, que

rechazó la petición de la actora, encaminada al abono del complemento

específico por méritos docentes con efectos de 1 de abril de 1989, debemos

declarar y declaramos que dicha Resolución es ajustada a derecho; todo

ello sin hacer expresa imposición de costas."

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia

que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad

Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1986), acuerda la

ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos,

adoptando las medidas necesarias al efecto.

Madrid, 24 de julio de 1998.-El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.

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