Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-21501

Resolución de 21 de agosto de 1998, de la Universidad de León, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1998, páginas 30751 a 30756 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-21501

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto de esta

Universidad, aprobado por Real Decreto 876/1991, de 31 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" de 12 de junio), y con el fin de atender

a las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye

el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3, e), de la misma, convoca pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la

Universidad de León, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas

de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de León

por el turno de promoción interna, en ejecución de lo dispuesto

en el Acuerdo de Junta de Gobierno de 22 de junio de 1998

por el que se aprobó el Reglamento de promoción interna y

profesional del personal funcionario de administración y servicios de

la Universidad de León.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de

julio; el Estatuto de la Universidad y el Acuerdo de la Junta de

Gobierno de la Universidad de León de fecha 22 de junio, ya

citado, y lo dispuesto en la presente convocatoria. Con carácter

supletorio será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

1.3 Los aspirantes aprobados accederán a la Escala de

Técnicos de Gestión de la Universidad de León y continuarán

desempeñando el puesto de trabajo que ocupen con carácter definitivo

en esa fecha, desarrollando todas las funciones que tengan

asignadas, además de las correspondientes a la Escala de Técnicos

de Gestión. El puesto de trabajo que desempeñen no

experimentará por esta causa ninguna modificación de sus características

funcionales o retributivas.

1.4 La presente convocatoria no comporta la generación de

plazas vacantes en la Escala de Gestión Universitaria de la

Universidad de León.

1.5 A quienes accedan a la Escala de Técnicos de Gestión

de la Universidad de León a través de esta convocatoria les serán

aplicables las limitaciones establecidas en el artículo 10 del

Reglamento de Promoción para participar en nuevas pruebas de

promoción.

1.6 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

Concurso, oposición y curso selectivo, conforme se detalla en el

anexo I de esta convocatoria.

1.7 El programa que ha de regir en las pruebas selectivas

figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de

la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto, u oficialmente equivalente, o estar en condiciones de

obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de

solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

B) Requisitos específicos:

a) Tener la condición de personal funcionario de

Administración y Servicios de la Universidad de León, prestando sus

servicios profesionales retribuidos en la misma, y hallarse en situación

de servicio activo en dicha Universidad o en la de servicios

especiales fuera de ella.

b) Pertenecer a Cuerpo o Escala del grupo de titulación B

y hallarse en situación de servicio activo en él/ella, o en la de

servicios especiales fuera de la Universidad de León en dicho

Cuerpo o Escala.

c) Pertenecer a cualquier Cuerpo o Escala de Gestión y tener

en él/ella una antigüedad mínima de dos años, incluidos los

servicios previos reconocidos en Cuerpos o Escalas de Gestión.

2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que, dirigida al magnífico

y excelentísimo señor Rector, será facilitada gratuitamente en el

Registro General de la Universidad (avenida de la Facultad,

número 25, León).

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad de León, o en la forma establecida en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado".

3.3 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos

de examen.

b) Relación de méritos alegados para su valoración en fase

de concurso, de acuerdo con el modelo que se incluye como

anexo III.

c) Documentación acreditativa de todos los méritos que se

aleguen para su valoración en la fase de concurso, salvo que esta

documentación ya conste en su expediente personal. No serán

tenidos en cuenta, para su valoración en la fase de concurso,

los méritos que no estén suficientemente acreditados de forma

documental.

3.4 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la

instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar,

expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de

tiempos y medios para la realización de los ejercicios en aquellos

casos en los que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Los derechos de examen serán de 1.000 pesetas, que

se ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de examen

del P.A.S. funcionario de la Universidad de León, cuenta corriente

número 2096-0000-83-2001453604, de Caja España, León.

En ningún caso la presentación y pago de los derechos de

examen en Caja España, o en otra entidad, supondrá sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud,

según lo dispuesto en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de candidatos

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de León dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y

excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo del ejercicio,

así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación

de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos

pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes

definitivamente excluidos podrán formular recurso

contencioso-administrativo.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a

los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de León, cuando

concurran en ellos cualesquiera de las circunstancias previstas

en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco

años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente

podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa

de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en este

apartado.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su

designación, y mínimo de diez días antes del comienzo de las pruebas.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las mismas.

5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, del Presidente

y del Secretario.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así

como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas que estime oportunas,

limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus

especialidades técnicas. La designación de tales Asesores deberá

comunicarse al Rector de la Universidad de León.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos correspondientes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Universidad de León, Rectorado,

avenida de la Facultad, número 25, teléfonos 29 15 92 y 29 15 93.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con las pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el artículo 33 del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta final de

aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula

de pleno derecho.

5.12 Contra las resoluciones y actos del Tribunal que impidan

continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá

interponerse recurso ordinario ante el Rector.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El ejercicio de la fase de oposición no comenzará antes

del 1 de octubre de 1998, determinándose en la Resolución que

se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización con

cuarenta y ocho horas de antelación como mínimo.

Con la misma antelación mínima, el Tribunal calificador hará

pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en

la fase de concurso. Dichas listas deberán exponerse en el tablón

de anuncios del Rectorado de la Universidad.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

las pruebas en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición

quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal,

si tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de León, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia

de Castilla y León.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes

aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su

documento nacional de identidad, una vez sumadas las

puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, oposición y curso

selectivo.

7.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de

la lista de aprobados al Rector de la Universidad de León,

especificando igualmente el número de aprobados en el ejercicio.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la relación de aspirantes aprobados, éstos deberán presentar,

en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de León,

los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título académico

exigido o certificación que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

b) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

personas con minusvalías deberán presentar certificación de los

órganos competentes en esta materia, en la que se acredite tal

condición. Igualmente deberán presentar certificado de los citados

órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativa de la

compatibilidad de la minusvalía con el desempeño de las tareas y

funciones correspondientes a la plaza.

8.2 Los aspirantes aprobados estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados

para obtener su anterior nombramiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma,

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

de la Escala correspondiente y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad

de León, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado".

9. Norma final

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, ante la Sala del Tribunal de Justicia de

Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir de

la fecha de su publicación. Los actos administrativos que se deriven

de ella podrán ser impugnados en los casos y en la forma prevista

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

León, 21 de agosto de 1998.-El Rector, Julio César Santoyo

Mediavilla.

ANEXO I

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

Concurso, oposición y curso selectivo.

1. Fase de concurso

1.1 En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo

de 40 puntos, los siguientes méritos:

a) Grado personal consolidado.-Se valorará de acuerdo con

la siguiente escala:

Nivel 26: 8 puntos.

Nivel 25: 7,25 puntos.

Nivel 24: 6,50 puntos.

Nivel 23: 5,75 puntos.

Nivel 22: 5 puntos.

A aquellos aspirantes que no tengan grado personal

consolidado se les computará el mínimo del grupo de titulación a que

pertenezcan.

b) Trabajo desarrollado.-El nivel del complemento de destino

correspondiente al puesto de trabajo desempeñado actualmente

con carácter definitivo será puntuado de acuerdo con la siguiente

escala:

Nivel 28: 8 puntos.

Nivel 27: 7,25 puntos.

Nivel 26: 6,50 puntos.

Nivel 25: 5,75 puntos.

Nivel 24: 5 puntos.

Nivel 23: 4,25 puntos.

Nivel 22: 3,50 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento.-La realización

de cursos de formación y perfeccionamiento destinados a personal

funcionario y organizados por centro oficial o la Universidad de

León, se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de acuerdo con

la siguiente escala:

c.1. Cursos con certificado de asistencia:

Hasta veinticinco horas lectivas: 0,15 puntos por curso.

Entre veintiséis y cincuenta horas lectivas: 0,20 puntos por

curso.

Más de cincuenta horas lectivas: 0,25 puntos por curso.

c.2. Cursos en que esté plenamente acreditada la realización

y superación de ejercicios de evaluación del aprovechamiento

obtenido. A estos efectos podrán ser utilizados los medios de prueba

admisibles en derecho, correspondiendo su valoración al Tribunal:

Hasta veinticinco horas lectivas: 0,45 puntos por curso.

Entre veintiséis y cincuenta horas lectivas: 0,60 puntos por

curso.

Más de cincuenta horas lectivas: 0,75 puntos por curso.

d) Antigüedad.-Se valorará hasta un máximo de 16 puntos,

a razón de 0,65 puntos por año de servicio, incluidos los

reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición

de la condición de funcionario.

e) Titulación.-Las titulaciones académicas se valorarán hasta

un máximo de 4 puntos y se puntuarán de acuerdo con la siguiente

escala:

Licenciado o equivalente: 4 puntos.

Sólo se valorará la titulación más alta acreditada.

1.2 La fase de concurso tendrá carácter eliminatorio, siendo

necesario obtener un mínimo de 21 puntos para superarla y poder

continuar realizando el proceso selectivo.

1.3 La puntuación de la fase de concurso no podrá aplicarse

para la superación de los ejercicios de la fase de oposición.

2. Fase de oposición

2.1 La fase de oposición consistirá en la superación de un

curso de cincuenta horas de duración, que versará sobre el

contenido del programa que se incluye como anexo II. El Tribunal

determinará la exención de aquellas materias cuyo conocimiento

se haya acreditado suficientemente en las pruebas de ingreso al

Cuerpo o Escala de origen.

2.2 El curso será evaluado en la forma prevista en el

Reglamento de Promoción, superando la prueba quienes obtengan la

calificación de "apto".

3. Curso selectivo

El curso selectivo estará encaminado a adquirir conocimientos

predominantemente prácticos sobre técnicas, actitudes y destrezas

correspondientes a la Escala de Técnicos de Gestión. Tendrá

cuatro módulos, de entre diez y quince horas lectivas cada uno, con

la inclusión necesaria de uno de informática, siendo evaluado en

los términos previstos en el Reglamento de Promoción.

4. Calificación final

La calificación final del proceso selectivo será la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, oposición y curso

selectivo, debiendo otorgar el Tribunal, a tal efecto, la puntuación

que corresponda a la calificación de "apto".

El Tribunal efectuará la propuesta de adjudicación por el orden

de la mayor calificación final obtenida por los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese

el empate se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad

en la Universidad de León.

ANEXO II

Programa Escala de Técnicos de Gestión

I. Administración Pública y Procedimiento Administrativo

1. Fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La

Ley. Decretos-leyes y Decretos legislativos. El Reglamento. Otras

fuentes.

2. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común: La Ley 30/1992, de 26

de noviembre. Exposición de motivos. Estructura. Ámbito de

aplicación y principios generales.

3. Las Administraciones Públicas y sus relaciones. Los

órganos de las Administraciones Públicas. Principios generales y

competencia. Los órganos colegiados.

4. Abstención y recusación. Los interesados. La actividad de

las Administraciones Públicas. Normas generales. Términos y

plazos.

5. Las disposiciones y los actos administrativos.

Disposiciones administrativas. Requisitos de los actos administrativos.

Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

6. Los procedimientos administrativos. Iniciación.

Ordenación. Instrucción y finalización.

7. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión

de oficio. Recursos administrativos. Recurso ordinario. Las

reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

8. La potestad sancionadora. Principios. Principios del

procedimiento sancionador. Responsabilidad de las Administraciones

Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

9. La jurisdicción contencioso-administrativa: Organización

y competencias. El recurso contencioso-administrativo: Aspectos

esenciales.

II. Régimen jurídico y organizativo de la Universidad de León

1. La autonomía de las Universidades en la Constitución, en

la Ley de Reforma y en la doctrina del Tribunal Constitucional.

2. Las Universidades públicas españolas. Fuentes del

ordenamiento y régimen jurídico. Ámbito de autoorganización.

Estructura. Órganos de gobierno.

3. Estructura y funciones de la administración educativa

universitaria. La Administración Autonómica. El Consejo de

Universidades como órgano de coordinación.

4. La Universidad de León: Origen y evolución. El Estatuto:

Estructura y contenido. Principios y objetivos fundamentales.

Organización y funcionamiento. Disposiciones generales.

5. Organización de la Universidad de León: Normativa estatal

e interna. Los departamentos, institutos universitarios y centros.

6. Los órganos centrales. El claustro universitario. El Consejo

Social: La Junta de Gobierno. El claustro de doctores.

7. El Rector, los Vicerrectores y el Secretario general. El

Gerente. Organización y estructura de la Gerencia en la

Universidad de León.

8. Servicios de asistencia a la comunidad universitaria.

Servicios de apoyo al estudio, la docencia y la investigación. Servicios

de atención a la comunidad universitaria. Otros servicios de

asesoramiento y asistencia.

9. El régimen electoral de la Universidad de León. Reforma

y actualización del Estatuto. El Defensor de la comunidad

universitaria. Honores y protocolo.

III. Regímenes económico y financiero

1. El presupuesto de la Universidad de León. Los ingresos

públicos. Su concreción al ámbito universitario. Tasas y precios

públicos.

2. Incidencia en el ámbito universitario de los Impuestos sobre

la Renta de las Personas Físicas y sobre el Valor Añadido.

3. Modificaciones presupuestarias en la Universidad de León:

Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Créditos

ampliables. Transferencias. Incorporación de remanentes.

4. La ejecución del presupuesto de gastos en la Universidad

de León: Fases de ejecución. Autorización y compromiso de gastos.

Reconocimiento de la obligación. Pago. Documentos contables

que intervienen.

5. Liquidación y cierre del ejercicio presupuestario en la

Universidad de León.

6. La contabilidad y el control presupuestario en la

Universidad de León.

7. Los contratos administrativos. Principios básicos de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas. Formas de

contratación.

8. Contenido y efectos de los contratos administrativos.

Prerrogativas de la Administración. Cumplimiento, resolución,

rescisión y denuncia. La revisión de precios.

9. El patrimonio de las universidades. Criterios respecto a

la atribución de competencias en materia de disposición y

administración de los bienes de titularidad de las universidades.

IV. La Función Pública en las universidades

1. El personal funcionario de Administración y Servicios de

la Universidad de León: Régimen jurídico. Competencias en

materia de personal. Normativa y procedimientos de selección.

2. Relación de puestos de trabajo. Provisión de puestos de

trabajo y promoción profesional. Situaciones administrativas.

3. Derechos y deberes. Los derechos en general. Derechos

sindicales y de participación. Régimen retributivo.

4. Incompatibilidades del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Responsabilidades disciplinaria, penal y

patrimonial.

5. Régimen General de la Seguridad Social: Campo de

aplicación. Afiliación. Cotización.

6. Acción protectora en el Régimen General de la Seguridad

Social: Contingencias y prestaciones. Entidades colaboradoras con

la gestión de la Seguridad Social.

7. El Régimen de la Seguridad Social de los funcionarios

públicos: Regulación y ámbito de aplicación. La MUFACE: Concepto,

régimen jurídico y estructura. El sistema de derechos pasivos:

Régimen, ámbito personal de cobertura, régimen general de las

prestaciones de clases pasivas, pensiones de jubilación o retiro,

pensiones en favor de familiares, pensiones extraordinarias.

8. El personal laboral de Administración y Servicios de la

Universidad de León. Régimen jurídico aplicable. El Convenio

Colectivo.

9. El personal docente de la Universidad de León. Régimen

jurídico. Selección. Obligaciones. Incompatibilidades. Derechos.

Situaciones administrativas.

V. Gestión de la investigación y régimen de estudiantes

1. La investigación científica y técnica en España. Normativa

y órganos competentes. Planificación y financiación. El personal

investigador.

2. El artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria.

Normativa estatal y universitaria de desarrollo. Cuestiones

problemáticas de su aplicación.

3. Acceso a la universidad. Pruebas de aptitud. Régimen

general. Acceso de los mayores de veinticinco años. Otros regímenes

especiales.

4. Procedimientos para el ingreso en la universidad. Régimen

de permanencia. Simultaneidad de estudios.

5. Procedimientos de matrícula. Los precios públicos.

Convalidaciones.

6. Becas y ayudas al estudio. Régimen general. Ayudas al

estudio de la Universidad de León.

7. Organización de los estudios universitarios. Los estudios

de primer y segundo ciclos. Los estudios de tercer ciclo y la

obtención del título de Doctor. Otros estudios de postgrado.

8. Los títulos universitarios. Títulos oficiales y no oficiales.

Régimen de los títulos oficiales. Valor y efectos de los títulos

universitarios.

9. Derechos y deberes de los estudiantes. La representación

y participación en órganos de gobierno y de administración. Los

programas de intercambio internacional. Servicios universitarios

de asistencia al estudiante.

ANEXO III

Relación de méritos alegados

Apellidos y nombre:...............................................

Plaza: Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de León.

1. Grado personal consolidado:.................

2. Trabajo desarrollado: Nivel del puesto de trabajo desempeñado actualmente con carácter definitivo:..............................

3. Cursos:

Denominación del curso Centro/Organismo Número de horas Asist./Aprov.

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

............................................................ ............................. .............. ...........................

4. Antigüedad (incluidos los servicios previos reconocidos):

............años,............meses,............días.

5. Titulación académica:.................................................

León,...... de .................... de1998.

(Firma.)

ANEXO IV

Tribunal

1. Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Asunción Orden Recio, Vicerrectora

de Investigación de la Universidad de León, por delegación del

Rector.

Vocales: Don Tomás Quintana López, Catedrático de

Universidad; don Javier Fernández Costales, Catedrático de Universidad;

doña Marta María Vega Gómez, Profesora titular de Escuela

Universitaria, y don Heriberto Fernández Fernández, funcionario del

Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Seguridad Social.

Actuará como Secretario el Vocal que designe el Tribunal, a

propuesta del Presidente.

2. Tribunal suplente:

Presidente: Don Jesús Suárez Moya, Vicerrector de

Programación e Inversiones de la Universidad de León, por delegación del

Rector.

Vocales: Doña Etelvina Valladares Rascón, Catedrática de

Universidad; don Miguel Lobato Gómez, Profesor titular de

Universidad; don Julián Zapico Torneros, Profesor titular de Universidad,

y don Pablo Marcos Martínez, funcionario de la Escala de Técnicos

de Gestión de la Universidad de León.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid