La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 26 de mayo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.258/1996, en el que son parte, de una, como demandante, doña Concepción García Escribano, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 22 de abril de 1996, que resolvió no acordar la revisión de oficio de la Resolución del mismo Ministerio de fecha 5 de julio de 1989, sobre el apartado relativo al curso selectivo de la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero. Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.258/1996, interpuesto por doña Concepción García Escribano, en su propio nombre y derecho, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 22 de abril de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, acto que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo. No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 27 de agosto de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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