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Documento BOE-A-1998-21583

Orden de 4 de septiembre de 1998 por la que se adjudican los puestos de trabajo ofrecidos en el concurso convocado por Orden de 18 de junio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 1998, páginas 30852 a 30854 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-21583

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 18 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 30) se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo

vacantes en este Ministerio (Intervención General de la Seguridad

Social), y de acuerdo con lo previsto en la base décima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de resolución del

presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos requisitos y

procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria

mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento

General de 10 de marzo de 1995 sobre plazo de presentación

de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos

alegados según baremo establecido y previa propuesta elaborada por

la correspondiente Comisión de valoración a la que hace referencia

la base octava de la citada Orden de 18 de junio de 1998,

Este Ministerio, en uso de las facultades que tiene conferidas,

ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de valoración

de méritos, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan

en el anexo a los funcionarios que asimismo se especifican.

Segundo.-El plazo para tomar posesión será de tres días

hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un

mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio

activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Tercero.-Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de la misma en el "Boletín Oficial del Estado". No obstante,

aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la

situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado de

hijos, no será necesario que formalicen la toma de posesión del

destino que les corresponda hasta que se haga efectivo el reingreso

al servicio activo.

Cuarto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado

un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos

de provisión, salvo en el ámbito de la misma Secretaría de Estado

o del mismo departamento ministerial, en defecto de aquélla o

en los supuestos previstos en el párrafo segundo del

artículo 20.1.e) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública, y en el de supresión del puesto de trabajo.

Quinto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Sexto.-Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la

publicación de la misma, previa la preceptiva comunicación a este

Ministerio, de acuedo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como

lo dispuesto en los artículos 108, 109 y 110.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 26 de

junio de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Secretario

de Estado de la Seguridad Social, Juan Carlos Aparicio Pérez.

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