Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 22 de abril de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 631/1993, promovido por "Graneros de Tenerife, Sociedad Anónima", sobre sanción por infracción en materia de piensos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José Luis Ortiz Cañavate, en nombre y en representación de la entidad, 1919Graneros de Tenerife, Sociedad Anónima'', contra la Resolución, dictada por la Dirección General de Política Alimentaria, de fecha 7 de septiembre de 1992, confirmada en alzada por Resolución, dictada por el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 8 de febrero de 1993, y en consecuencia, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, debiendo ser confirmadas.
No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes".
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid