La Audiencia Provincial de Tarragona, en sentencia de fecha 25
de marzo de 1998, condena a doña María Cristina Romero
Cervantes, funcionaria del Cuerpo Ejecutivo Postal y
Telecomunicación, A11TC-11437, como responsable criminalmente en concepto
de autora de un delito continuado de malversación de caudales
públicos y de un delito continuado de falsedad en documento oficial,
con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de confesión
a las autoridades de la infracción y de reparación del daño causado,
a la pena de un año y cinco meses de prisión e inhabilitación
absoluta durante cuatro años por el primero de los delitos, y a
la pena de un año de prisión y dos años de inhabilitación especial
por el delito de falsedad documental.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado,
de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.1 de la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación
absoluta, se dispone la pérdida de la condición de funcionaria
de doña María Cristina Romero Cervantes.
Madrid, 31 de julio de 1998.-P.D. (Resolución de 24 de abril
de 1998, "Boletín Oficial del Estado" número 119, de 19 de mayo),
el Consejero-Director general de la entidad pública empresarial
Correos y Telégrafos, José Ramón Esteruelas Hernández.
Ilma. Sra. Subdirectora de Gestión de Personal.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid