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Documento BOE-A-1998-2223

Resolución de 19 de enero de 1998, del Banco de España, en ejecución de Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de octubre de 1993, por el que se impusieron a la entidad «Compañía de Financiación Fica, Sociedad Anónima» (FICASA), así como a los miembros del Consejo de Administración de la entidad, sanciones de revocación de autorización para operar como entidad de financiación, multas y amonestación pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1998, páginas 3380 a 3381 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1998-2223

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, con fecha 29 de octubre de 1993, dictó Acuerdo en el expediente de referencia IE/EF-9/92, incoado por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Banco de España, en su sesión de 24 de marzo de 1992, a "Compañía de Financiación FICA, Sociedad Anónima" (FICASA), y a quienes ejerzan o hayan ejercicio cargos de administración y dirección en la misma, y habiendo adquirido firmeza, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" de las siguientes sanciones por infracciones muy graves impuestas en dicha resolución, que dispuso:

Primero.-Que se revoque a la denominada "Compañía de Financiación FICA, Sociedad Anónima" (FICASA), la autorización que le fue concedida para operar como entidad de financiación, por haber interrumpido, de hecho las actividades específicas de su objeto social durante un período superior a seis meses, así como por carecer de fondos propios suficientes y no ofrecer garantías de poder cumplir sus obligaciones con relación a sus acreedores, situaciones éstas previstas, respectivamente, en las letras b) y e) del número 1 de artículo 57 bis de la Ley de Ordenación Bancaria, como determinantes de la medida.

Segundo.-Que conforme a lo previsto en la letra a) del artículo 9 de la Ley 26/1988, se imponga a la "Compañía de Financiación FICA, Sociedad Anónima" (FICASA), sanción de multa por importe de 500.000 pesetas, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra i) del artículo 4 de la Ley 26/1988, consistente en la no remisión de datos sobre avalistas y riesgos concedidos, dificultando la apreciación de la solvencia de la entidad.

Tercero.-Que se imponga a la "Compañía de Financiación FICA, Sociedad Anónima" (FICASA), conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letra a), de la Ley 26/1988, de 29 de julio, las siguientes sanciones:

a) Amonestación pública por la comisión de una infracción grave tipificada en la letra p) del artículo 5 de la Ley de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, consistente en la contabilización incorrecta de las operaciones.

b) Amonestación pública por la comisión de una infracción grave establecida en la letra k) del artículo 5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, consistente en la dotación insuficiente de las provisiones para insolvencias.

c) Amonestación pública por la comisión de una infracción grave tipificada en la letra i) del artículo 5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, producida al superar la entidad los límites permitidos de concentración de riesgos.

d) Amonestación pública por la comisión de una infracción grave de las establecidas en la letra b) del artículo 5 de la tan citada Ley, consistente en la no comunicación al órgano administrativo competente de las variaciones producidas en la composición del Consejo de Administración de la entidad.

Cuarto.-Que conforme a lo previsto en el artículo 12, apartado 1, letra a), de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por su responsabilidad en la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra i) del artículo 4 de la misma, se imponga multa de 250.000 pesetas, a cada uno de los siguientes Administradores: Don Pedro Álvaro Parra, como Consejero Delegado; don Santiago García Floro, Consejero Delegado; don José Antonio Izquierdo Gimeno, Presidente, y don Manuel Morente Mejías, Presidente y Consejero Delegado. Por su responsabilidad en la misma infracción muy grave, multa de 200.000 pesetas a cada uno de ellos, como Consejeros, a don Ángel Garrido Sahuquillo, don José Luis Monedero Moreno y don Juan Terrones Capilla.

Madrid, 19 de enero de 1998.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de Alcocer.

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