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Visto el expediente de indulto de don Luis Jiménez Mier, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.º, apartado tercero, del Código Penal, por la Sala de lo Penal, Sección Tercera de la Audiencia Nacional que, en sentencia de fecha 28 de abril de 1992, le condenó, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hecho cometidos en el año 1984, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 1998,
Vengo en conmutar a don Luis Jiménez Mier, la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Palma de Mallorca a 28 de agosto de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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