Visto el expediente de indulto de don Roberto Robles Serrano, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid, en sentencia de fecha 18 de mayo de 1993, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor y delito de cheque en descubierto, a la pena de tres meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 1998,
Vengo en conmutar a don Roberto Robles Serrano las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por otra de noventa días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 28 de agosto de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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