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En el recurso contencioso-administrativo número 2.876-92-04, referente
al expediente de marca número 1.323.777/2, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid por "Milupa A. G.", contra resolución del
Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991, y de la Oficina
Española de Patentes y Marcas de 2 de octubre de 1992, se ha dictado,
con fecha 29 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia,
declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Rodríguez Montaut,
en nombre y representación de la mercantil ``Milupa A. G.'', contra la
resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de abril
de 1991, confirmada en reposición por resolución de fecha 2 de octubre
de 1992, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar
y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico.
Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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