En el recurso contencioso-administrativo número 939-95-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Aseguradora Valenciana de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1994 y 25 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Javier Ungría López, actuando en nombre y representación de la entidad «Aseguradora Valenciana de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de mayo de 1995, desestimatorias de los recursos interpuestos contra las de 5 de diciembre de 1994, por las que no se concedieron la inscripción en el organismo mencionado de las marcas números 1.745.521 y 1.745.522, «Vida Inver», para distinguir, respectivamente, los servicios de las clases 36 y 38 expresados en las instancias de solicitud de dichas marcas, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes con el ordenamiento jurídico y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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