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En el recurso contencioso-administrativo número 2.178-95, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Janssen Pharmaceutica N. V., contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 16 de enero y 11 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 18 de abril de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo promovido por la mercantil ‘‘Janssen Pharmaceutica N. V.’’, representada por el Procurador señor Rodríguez Montaut, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 16 de enero de 1995, confirmada en reposición por resolución de fecha 11 de julio, por la que se denegó la inscripción de la marca internacional número 602.104 ‘‘MICROSHIELD’’, en clase 3, debemos declarar y declaramos que dichas resoluciones son ajustadas a Derecho, por lo que deben ser confirmadas. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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