En el recurso contencioso-administrativo número 2.637/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia por «Asistencia Técnica y Servicios, Sociedad Limitada» (ATES, S.L.), contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de noviembre de 1994 y 25 de abril de 1995, se ha dictado, con fecha 8 de junio de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil «Asistencia Técnica y Servicios, Sociedad Limitada» (ATES, S.L.), contra resolución de la Oficina de Patentes y Marcas de 25 de abril de 1995, que desestimaba el recurso de reposición planteado contra acuerdo de 4 de noviembre que denegaba la solicitud de marca 1.732.751.2 denominada «Ates Asistencia Técnica y Servicios. Gráfico». No ha lugar a condenar en costas a ninguna de las partes litigantes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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