Contido non dispoñible en galego
En el recurso contencioso-administrativo número 664/1996, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Estudio 2000, Sociedad
Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 5 de octubre de 1995 y 26 de febrero de 1996, se ha dictado, con
fecha 5 de febrero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada
firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador señor Gayoso Rey, actuando en nombre
y representación de la entidad ªEstudio 2000º, contra las resoluciones
de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 5 de octubre de 1995,
por la que se concedió el registro de la marca número 1.738.356 (gráfica),
así como contra la de 26 de febrero de 1996, desestimatoria del recurso
formalizado contra la anterior, debemos declarar y declaramos que dichas
resoluciones son ajustadas a Derecho; todo ello sin hacer expresa
imposición de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid