En el recurso contencioso-administrativo número 2.234/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Alcan Alumium Limited», contra Resoluciones de la Oficina Españla de Patentes y Marcas de 5 de abril y 26 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 19 de febrero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de la entidad “Alcan Aluminium Limited”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril de 1995, por la que se concedió el registro de la marca número 1.901.190 “Ascan”, así como contra la de 26 de julio siguiente, que desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos anular y anulamos dichas resoluciones, por contrarias a Derecho, dejando sin efecto el Registro de la marca impugnada, concedido a través de las citadas resoluciones. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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