En el recurso contencioso-administrativo número 237/1996, referente
al expediente de marca internacional número 607.335, interpuesto por
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Kodak-Pathe, Sociedad
Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 16 de marzo y 24 de octubre de 1995, se ha dictado, con fecha 3 de
marzo de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya
parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en
nombre y representación de la entidad ``Kodak-Pathe, Sociedad Anónima'',
contra la Resolución dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas
de fecha 16 de marzo de 1995, confirmada en vía administrativa mediante
Resolución de fecha 24 de octubre de 1995, y en consecuencia, debemos
declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento
jurídico, debiendo ser confirmadas.
No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales
causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en
ninguna de las partes."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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