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Documento BOE-A-1998-22864

Resolución de 30 de junio de 1998, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), por la que se da publicidad al Convenio Específico entre el INIA y el Gobierno de La Rioja en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril; la Orden de 23 de abril de 1993, y la Orden de 29 de junio de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 1998, páginas 32823 a 32825 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-22864

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio específico suscrito el 5 de

junio de 1998, entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología

Agraria y Alimentaria (INIA), y el Gobierno de La Rioja, en aplicación

de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la

Investigación Científica y Técnica, la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio

de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de

Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29

de junio de 1995, por la que se establecen los objetivos, directrices y normas

generales del Programa Sectorial deI+DAgrario y Alimentario del

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1996-1999.

Madrid, 30 de junio de 1998.-El Presidente, Francisco José Simón Vila.

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL INIA Y EL GOBIERNO DE LA

RIOJA, PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE

INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA SECTORIAL DEI+D

AGRARIO Y ALIMENTARIO DEL MAPA Y DEL PROGRAMA DE

CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RECURSOS FITOGENÉTICOS

En Madrid,a5dejunio de mil novecientos noventa y ocho.

REUNIDOS

De una parte, doña Loyola de Palacio del Valle-Lersundi, Ministra de

Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 762/1996,

de 5 de mayo, facultada para la firma según lo dispuesto en el artículo

6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, don Íñigo Nagore Ferrer, Director general de

Investigación y Desarrollo Rural del Gobierno de La Rioja, en su nombre y

representación, en virtud del Decreto 91/1995, de 13 de octubre, por el que

se regula el ejercicio de competencias administrativas en desarrollo de

la Ley 3/1995, de 8 de marzo.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y

EXPONEN

Uno. Que con fecha 30 de julio del ejercicio de 1996, y con una vigencia

de cuatro años, fue establecido un Convenio Marco de Colaboración cuyo

objeto lo constituye el desarrollo, por el Gobierno de La Rioja, de los

proyectos y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito

territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I+D

Agrario y Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación

y Utilización de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que

pudieran derivarse de la ejecución de convenios, contratos o acuerdos

establecidos o que puedan establecerse con Organismos nacionales y/o

internacionales o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales

o extranjeras.

Dos. Que la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria, en su

reunión de 10 de diciembre de 1997, ratificó los criterios objetivos y la

propuesta de distribución de fondos presentada.

Tres. Que la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural,

en su reunión de 23 de febrero del presente ejercicio de 1998, acordó

la distribución de compromisos financieros propuesta por el INIA, Acuerdo

que fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 20 de

marzo de 1998.

Cuatro. Que por la Presidencia del INIA han sido dictadas

Resoluciones por las que se aprueban las asignaciones económicas a los proyectos

que se incluyen como anexo al presente Convenio, cuyo desarrollo

corresponde al Gobierno de La Rioja.

De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente

Convenio Específico de Colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.Objeto. El objeto del presente Convenio Específico de

Colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad

Autónoma de La Rioja, de los Proyectos y Acciones de Investigación que se

incluyen como anexo único.

Segunda. Aportación de las partes.

1. Corresponde al Gobierno de La Rioja el desarrollo de los proyectos

y acciones de investigación que, siendo de su ámbito territorial, resulten

aprobados en el marco del Programa Sectorial deI+DAgrario y

Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización

de Recursos Fitogenéticos.

2. El INIA, con cargo a las dotaciones presupuestarias del capítulo

VI, transferirá al Gobierno de La Rioja, un importe total de 10.875.000

pesetas, de acuerdo con el detalle que figura en el anexo único, ya

mencionado, al presente Convenio de Colaboración.

Tercera. Forma depago. Los pagos derivados del presente Convenio

de Colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere la

cláusula segunda, se realizarán en la siguiente forma:

El 70 por 100 a la firma del presente Convenio, porcentaje en el que

se incluirá el 50 por 100 de las asignaciones para la contratación de

personal investigador, que se realizará dentro del marco legalmente

establecido, y el 100 por 100 de las asignaciones para la adquisición de equipo

científico y viajes al extranjero que se realicen por parte de la Comunidad

Autónoma y que se detallan en las Resoluciones de la Presidencia del

INIA, ya citadas.

El 30 por 100 restante, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre,

una vez que el Gobierno de La Rioja haya certificado que todos y cada

uno de los proyectos se encuentran en ejecución y se desarrollan según

lo previsto en sus respectivos protocolos.

Cuarta.Información. Finalizado el ejercicio económico, el Gobierno

de La Rioja remitirá al INIA el informe anual de seguimiento de todos

y cada uno de los proyectos, de acuerdo con el modelo establecido a tal

efecto.

El informe final correspondiente a los proyectos terminados en el

ejercicio de 1998 será remitido al INIA antes del 30 de junio de 1999.

Quinta. Período devigencia. El presente Convenio Específico de

Colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y

mantendrá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 1998.

Sexta. Cuestioneslitigiosas. Todas las cuestiones que pueda suscitar

la aplicación y eficacia del presente Convenio, y no puedan ser solventadas

amistosamente entre las partes convinientes, serán sometidas a la decisión

del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de acuerdo con la

Ley de 27 de diciembre de 1956, en su vigente redacción.

Y en prueba de conformidad firman el presente documento, por

duplicado ejemplar,yaunsolo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.-La

Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Loyola de Palacio del

Valle-Lersundi.-Por el Gobierno de La Rioja, Íñigo Nagore Ferrer.

ANEXO ÚNICO.I

Relación de proyectos de investigación del Programa Sectorial deI+D

Agrario y Alimentario del MAPA

Comunidad Autónoma: La Rioja

Asignación 98 NP Título

SC95-040-C3-3 . . . Mejora genética del pimiento. Resistencia a

enfermedades................................. 1.084

SC97-081-C3-1 . . . Mejora de la eficiencia del uso del agua y del

nitrógeno en cultivos hortícolas al aire libre

mediante la aplicación de acolchado plástico

y fertirrigación................................ 1.937

SC97-095-C3-2 . . . Mejora genética y de las técnicas de cultivo

de la alcachofa y del cardo multiplicados

por semilla.................................... 1.966

SC98-011-C3-3 . . . Biología y control del ácaro del champiñón,

Brennandania lambi (KRCZAL) (Acari:

pygemphoridae).............................. 1.522

SC98-001........Caracterización de la calidad del champiñón

(agaricus bisporus) según la florada e

influencia sobre la conservación

postrecolección en fresco.............................. 1.234

SC95-043........Estudio del proceso fermentativo durante la

elaboración de vinos blancos y rosados en

calidad: Causas que determinan su

ralentización. Estudio de recursos aplicables.... 2.339

10.082

ANEXO ÚNICO.II

Relación de proyectos del Programa de Conservación y Utilización

de Recursos Fitogenéticos

Comunidad Autónoma: La Rioja

Asignación 98 NP Título

RF98-032-C10-8 . Recolección, multiplicación y evaluación de los

recursos fitogenéticos hortícolas para su

conservación en los bancos de

germoplasma .............................................. 793

793

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