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Documento BOE-A-1998-22873

Resolución de 2 de junio de 1998, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la iglesia de San Nicolás de Bari, localizado en Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 1998, páginas 32830 a 32831 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1998-22873

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos

correspondientes, esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con

la categoría de monumento el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública,

a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar

el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de

veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución,

en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza del

Cardenal Silíceo, sin número, de Toledo) y ello de conformidad con lo

establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las

disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Cuenca que, según lo

dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico

Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su

entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto

correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia

(Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia

Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al

Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación

preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el "Diario

Oficial de Castilla-La Mancha" y en el "Boletín Oficial del Estado", a efectos

de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4,5y60delaLey30/1992,

del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Toledo, 2 de junio de 1998.-La Directora general, María Ángeles Díaz

Vieco.

ANEXO

Descripción Histórico-Artística

La iglesia está construida a base de muros de mampostería ordinaria,

con revestimiento de mortero, y se encuentra reforzada en sus esquinas

por sillería.

El inmueble tiene tres fachadas muy sencillas. La principal, en la plaza

de San Nicolás, contiene la puerta de acceso a la iglesia, compuesta por

un arco apuntado con moldura, sostenido por pilastras adosadas, con un

sencillo capitel. Sobre el arco de la portada un óculo recercado con moldura.

La torre, adosada a la iglesia, tiene planta rectangular y está formada

por dos cuerpos: El inferior, construido a base de mampostería revestida

de mortero y reforzado en las esquinas por sillares, y el cuerpo superior,

todo de sillería, que remata por una cornisa de piedra y alero. La cubierta

de la torre es de teja a cuatro aguas.

La iglesia es de una sola nave, dividida en tres cuerpos. Separando

cada uno de los tramos se encuentran pilastras adosadas, rematadas por

entablamento, sobre las que descansan arcos de medio punto. La bóveda

del templo es de medio cañón con lunetos.

En el primer cuerpo se encuentra el Altar Mayor, en el que hallamos

una imagen del santo italiano, y unos nichos de mármol rojo a ambos

lados del mismo. En el lado derecho del Altar hay una puerta, por la

que se llega a unas escaleras, de bella factura, realizadas en piedra y

con forma helicoidal, que dan acceso a la campana de la torre.

Parece ser que la iglesia ya estaba construida en el siglo XV, aunque

arquitectónicamente hablando, su estructura no se asemeja a las

edificaciones típicamente renacentistas propias de este siglo. Su estructura

original consistía en una planta rectangular con ábside de piedra en su

cabecera (ábside que en la actualidad ha quedado sepultado bajo las

viviendas que se han construido adosadas a la iglesia), estructura que esta más

cerca de los planteamientos de la arquitectura románica que de la

renacentista. Así como la orientación hacia el sur de su fachada principal

típico también de las iglesias románicas.

Como elemento de valor artístico, consustancial con el edificio y parte

de su exorno, cabe reseñar un cuadro que representa la vida de San Nicolás.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a la iglesia de San Nicolás de Bari, localizado

en Cuenca.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 43710, parcelas 02, 03, 11, 12, 10,4y9completas.

Manzana: 43697, parcelas 01 y 02 completas.

Manzana: 44720, parcela 12 completa.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos

contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas

manzanas y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en

la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada,

en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible

de afectar negativamente a la conservación o a la contemplacion del bien

objeto de tutela.

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