Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional el recurso número 3/112/1996, interpuesto por don Gustavo Martínez Rodríguez, sobre sanción disciplinaria, por la que se impuso al recurrente la sanción de quince días de suspensión de funciones como autor de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 13 de abril de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Desestimar el presente recurso número 112/1996, interpuesto por don Gustavo Martínez Rodríguez contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 18 de noviembre de 1994, que se confirma en lo que es objeto de este recurso por ser conforme a Derecho.
No hacer una expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de septiembre de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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