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Documento BOE-A-1998-22965

Orden de 14 de septiembre de 1998 por la que se crea el Premio a la Calidad en Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 1998, páginas 32956 a 32957 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-22965
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/09/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

La progresiva configuración de las sociedades modernas como sociedades del conocimiento y del saber está incrementando las expectativas individuales y sociales con respecto al papel de la educación y de la formación, lo que se traduce en demandas generalizadas de mejora del rendimiento de los sistemas educativos. Paralelamente, esa aceleración de los procesos de cambio que es característica de las sociedades avanzadas ha repercutido en el mundo escolar haciendo más complejas sus funciones y más difícil la consecución de las metas que le son propias.

Considerando la singularidad de la educación como tarea, su elevado cometido social y la especificidad propia de las instituciones educativas, lo cierto es que sin una mejora de los centros docentes, en tanto que organizaciones, y de sus prácticas de gestión será difícil adaptarse a los nuevos tiempos, lograr una elevación para todos de los estándares de calidad y contribuir sustancialmente desde la educación al progreso personal, social y económico.

La visión que en esta nueva circunstancia se requiere ha de beneficiarse de un significado integral o global de la gestión, que concierne a las personas, a los recursos, a los procesos, a los resultados y a sus relaciones mutuas. Asimismo, ha de incidir en una orientación humanista, en una revalorización de la ética de la responsabilidad y en un enfoque metodológico de carácter científico-racional. Esta nueva perspectiva resulta necesaria en el actual contexto para poder pilotar con garantías de éxito la institución escolar.

La gestión de calidad, en tanto que moderna filosofía de gestión de las organizaciones, constituye una referencia adecuada que asume estos planteamientos y que puede resultar por ello del máximo interés para los centros docentes.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su preámbulo sitúa el logro de la calidad de la enseñanza como un objetivo de primer orden para todo el proceso de reforma y hace de su aseguramiento uno de los retos fundamentales de la educación del futuro. Coherentemente con tales principios dedica su título IV a la calidad de las enseñanzas y en sus artículos 57 y 58 centra la atención en los centros docentes y en su gestión.

La aproximación a la calidad educativa y a su mejora, a través de los centros, se amplía y precisa en la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes.

De conformidad con todo lo anterior, resulta procedente impulsar la mejora de la gestión de los centros y promover la metodología de la calidad mediante la convocatoria del Premio a la Calidad en Educación, dirigido a centros docentes no universitarios, haciéndolo reposar en el uso del Modelo Europeo de Gestión de Calidad, adaptado a los centros educativos.

Los objetivos del Premio a la Calidad en Educación, que se crea mediante la presente Orden, son los siguientes:

1. Promover la mejora de la calidad de la educación a través de la mejora de la calidad en la gestión de los centros docentes.

2. Extender las ideas sobre la gestión de calidad en la educación y ofrecerlas a los centros docentes como un marco orientador adecuado para desarrollar de un modo eficaz y responsable la autonomía que las diferentes normas les confieren.

3. Facilitar el uso de un referente común de valores, conceptos y procedimientos que permita el intercambio de experiencias y estimule la mejora continua.

4. Fomentar el uso del Modelo Europeo de Gestión de Calidad en los centros docentes no universitarios como un instrumento ordenado y sistemático de autoevaluación para la mejora.

5. Facilitar la difusión de las buenas prácticas de gestión educativa y de los beneficios asociados al empleo del Modelo Europeo de Gestión de Calidad.

En su virtud, he dispuesto:

Primero. Creación del premio.

Se crea el Premio a la Calidad en Educación con el fin de reconocer el esfuerzo de los centros docentes no universitarios para mejorar la calidad de sus procesos y de sus resultados educativos.

Segundo. Ámbito del premio.

Al premio podrán presentarse todos los centros docentes españoles que impartan enseñanzas regladas no universitarias y que no hayan obtenido el Premio a la Calidad en Educación en las dos ediciones inmediatamente anteriores.

Tercero. Modalidades del premio.

1. El premio tendrá dos modalidades: La primera estará dirigida a los centros docentes de titularidad pública que impartan enseñanzas regladas no universitarias; la segunda se orientará a los centros docentes de titularidad privada que impartan esas mismas enseñanzas.

2. En cada modalidad se otorgará un Premio a la Calidad en Educación. El jurado podrá conceder, en cada caso, menciones honoríficas para aquellos centros que no hubieran podido acceder al premio y cuya evaluación haya sido especialmente positiva.

Cuarto. Convocatoria del premio.

El Ministerio de Educación y Cultura, convocará, para cada curso escolar, mediante Orden, el Premio a la Calidad en Educación en sus diferentes modalidades.

Quinto. Bases del premio.

1. El premio estará basado en el Modelo Europeo de Gestión de Calidad. No obstante, la evolución del modelo y la experiencia derivada de su utilización por los centros docentes serán tomadas en consideración a efectos de la adecuación de las bases del premio a las nuevas circunstancias.

2. El Ministerio de Educación y Cultura establecerá los criterios de selección que formarán parte de las bases del premio en cada edición.

3. Los criterios de selección recogerán, con las adaptaciones que sean necesarias, los diferentes elementos que componen el modelo.

Sexto. Contenido de las convocatorias.

En cada convocatoria se incluirán los siguientes apartados:

a) Convocatoria del premio.

b) Centros que pueden presentarse.

c) Gestión de solicitudes.

d) Compromisos del Ministerio de Educación y Cultura y de los centros docentes.

e) Criterios para la concesión de los premios.

f) Jurado.

Séptimo. Premio.

1. El Premio a la Calidad en Educación estará dotado con la cantidad que se asigne en la correspondiente orden de convocatoria, de acuerdo con el crédito que se fije al efecto en los Presupuestos Generales del Estado. Además, se entregará una acreditación y una placa diseñada en exclusiva para este propósito.

2. Las menciones honoríficas consistirán en una acreditación.

Octavo. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Madrid, 14 de septiembre de 1998.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/09/1998
  • Fecha de publicación: 02/10/1998
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Control de calidad
  • Educación
  • Ministerio de Educación y Cultura
  • Premios

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