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Documento BOE-A-1998-22972

Orden de 14 de septiembre de 1998 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la fundación denominada «HPM Hans Peter Maier», de la localidad de Arriate (Málaga).

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 1998, páginas 33005 a 33005 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-22972

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de

Fundaciones Docentes de esta Consejería de la fundación denominada

"HPM Hans Peter Maier", constituida y domiciliada en la localidad de

Arriate (Málaga), en finca molino "La Mirla", en el paraje del arroyo de la Ventilla.

Antecedentes de hecho

Primero.-La fundación fue constituida en escrituras públicas de fecha 1

de abril de 1998, ante don Fernando Guerrero Arias, Notario del Ilustre

Colegio de Granada, con número de protocolo 438, corregidas por el mismo

Notario con fecha 31 de julio de 1998, con número de protocolo 1.159,

y escrituras públicas de ratificación de fecha 16 de abril de 1998, ante

don Nicolás Chacón Llorente, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con

número de protocolo 985, figurando como fundador don Hans Peter Maier

y otros.

Segundo.-Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

Continuación de la investigación privada de los últimos cuarenta años

alcanzada hasta hoy respecto al tema de las funciones humanas de color.

Transformación de los resultados de diversas series del HPM-Color-Test

a nivel internacional -investigación detendencias diseño.

Realización y preparación de los resultados como enseñanza respecto

a todos los sectores de la vida humana.

Formación de las secciones profesionales correspondientes.

Intercambio de conocimiento y experiencia en el marco del encuentro

cultural.

Tercero.-La dotación inicial de la fundación está constituida por lo

siguiente:

Dos millones de pesetas, las cuales han sido ingresadas en el banco

Unicaja, oficina de Arriate (Málaga).

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la fundación,

se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por un

mínimo de tres miembros y un máximo de siete, siendo su Presidente

don Hans Peter Maier.

Vistos la Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de

Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos

Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el

Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de

Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de

general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983,

de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las

competencias que en materia de educación se traspasaron por Real

Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular, sobre las fundaciones

docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía,

ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los

requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre,

de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en

Actividades de Interés General y el Reglamento de Fundaciones Culturales

Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de

sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones

Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho

hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto

el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como

fundación docente privada en el correspondiente Registro a la fundación

"HPM Hans Peter Maier", con domicilio en la localidad de Arriate (Málaga),

en finca molino "La Mirla", en el paraje del arroyo de la Ventilla.

Segundo.-Aprobar los Estatutos contenidos en las escrituras públicas

de fecha 1 de abril de 1998, corregidas con fecha 31 de julio de 1998,

y escrituras públicas de ratificación de fecha 16 de abril de 1998.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de

la fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que

han aceptado su cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo

con el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá

interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso

contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la

dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2

de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de septiembre de 1998.-El Consejero, Manuel Pezzi Cereto.

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