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Documento BOE-A-1998-23041

Orden de 25 de septiembre de 1998 por la que se regula la Muestra de Teatro Español de Autores Contemporáneos de Alicante y se constituye un Patronato para su preparación, organización y gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 1998, páginas 33099 a 33100 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23041

TEXTO ORIGINAL

Al celebrarse este año la V edición de la Muestra de Teatro Español de Autores Contemporáneos de Alicante, patrocinada desde sus comienzos por este Ministerio, la Generalidad Valenciana, el Ayuntamiento y la Diputación Provincial de Alicante, la Caja de Ahorros del Mediterráneo y la Sociedad General de Autores y Editores de España, con la colaboración de diversas entidades y empresas culturales de la propia Comunidad, teniendo en cuenta la resonancia y el prestigio alcanzados por las actividades desarrolladas en su seno, equiparables a las de cualquier otro festival nacional e internacional de teatro celebrados en España, hacen aconsejable su regulación, de tal modo que sin perjuicio de consolidar en el futuro las metas y objetivos propuestos, permitan un desarrollo sostenido y acorde en un todo con el de la dramaturgia española contemporánea, asentando y adaptando así a la práctica la idea de un teatro español actual lleno de vigor, diversidad y talento.

Por todo ello, este Ministerio estima conveniente la creación de un Patronato en el que, dando cabida en el mismo al mayor número posible de instituciones y entidades de la Comunidad Valenciana, de la Provincia y del Municipio de Alicante, cooperen todas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, a la común labor de organizar y gestionar la Muestra en sus dos vertientes principales de la teoría y la práctica teatral a través de las representaciones y actividades complementarias o paralelas a desarrollar por la misma.

En su virtud, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Primero. Objeto.

Con periocidad anual tendrá lugar en Alicante el desarrollo de una Muestra de Teatro Español de Autores Contemporáneos, que comprenderá representaciones teatrales, talleres de teatro, encuentros y seminarios, exposiciones y el homenaje anual a un autor español contemporáneo. Asimismo, se celebrarán actividades culturales paralelas relacionadas con la Muestra.

Segundo. Patronato.

Para la preparación, organización y gestión de la Muestra se crea un Patronato que funcionará como órgano permanente y estará formado en pleno por los siguientes miembros:

Presidente: El Ministro de Educación y Cultura.

Vicepresidentes:

El Secretario de Estado de Cultura.

El Consejero de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalidad Valenciana.

Vocales:

El Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

El Director general de Promoción Cultural, Museos y Bellas Artes de la Generalidad Valenciana.

El Presidente de Diputación Provincial de Alicante.

El Alcalde del Ayuntamiento de Alicante.

El Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación y Cultura.

El Subdirector general de Teatro del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

El Diputado de Cultura de la Diputación Provincial de Alicante.

El Director Artístico de Teatros de la Generalidad Valenciana.

El Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Alicante.

El Director del Centro Dramático Nacional.

El Interventor Delegado de la Intervención General del Estado en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Secretario: Actuará como Secretario del Patronato, con voz y sin voto, el funcionario del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, destinado en la Subdirección General de Teatro del mismo, que tenga a su cargo las tareas administrativas de la organización y gestión de la Muestra.

Tercero. Director de la Muestra.

El Pleno del Patronato designará al Director de la Muestra para cada edición anual, no obstante, a propuesta del Pleno podrá recaer la designación, de manera excepcional, sobre la misma persona que dirigió la edición anterior, a quien se podrá encomendar cuantas facultades organizativas y de gestión acuerde el Pleno, siendo responsable directamente ante el mismo.

El Director de la Muestra no tendrá retribución económica alguna, salvo el derecho a las indemnizaciones legales que le correspondan por los gastos que su gestión le origine. En el caso de que la asignación recaiga en una persona no vinculada a la Administración Pública y no retribuida por ella, el Patronato fijará una retribución adecuada.

El Director rendirá cuenta global de su actividad, al término de su mandato, mediante una Memoria, que habrá de ser sometida al Pleno del Patronato.

Los requisitos exigidos para el cargo de Director serán: 1.º Experto en la dramaturgia española contemporánea, bien desde el conocimiento teórico, bien desde la experiencia constrastada en el apoyo a los autores españoles actuales. 2.º Experiencia en puestos de dirección o gestión en el campo cultural y educativo.

Cuarto. Comisión ejecutiva.

En el seno del Patronato se constituirá una Comisión ejecutiva permanente a la que se atribuirán las funciones que en ella delegue el Pleno en orden a la preparación, administración, gestión y organización de la Muestra, así como la vigilancia del cumplimiento de los acuerdos del Pleno y el control sobre el presupuesto y la contabilidad.

La Comisión ejecutiva estará presidida por el Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y se compondrá de los siguientes vocales:

El Director Artístico de Teatros de la Generalidad Valenciana.

El Presidente de la Diputación Provincial de Alicante.

El Alcalde de Alicante.

El Subdirector general de Teatro del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Dos representantes del Ministerio de Educación y Cultura designados por la Ministra del Departamento, a propuesta del Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música de entre los pertenecientes al Pleno del Patronato.

El Secretario de la Comisión ejecutiva será quien lo fuere del Pleno del Patronato.

Quinto. Recursos económicos.

Para el cumplimiento de sus fines el Patronato podrá contar con los siguientes recursos económicos:

a) Las cantidades que a tal fin se hagan figurar en los Presupuestos Generales del Estado del Ministerio de Educación y Cultura (Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música), en los de la Comunidad Autónoma Valenciana y de las entidades locales y provinciales interesadas.

b) Las subvenciones que puedan concederse con cargo a las consignaciones presupuestarias y las donaciones o aportaciones voluntarias de entidades públicas o privadas y de personas físicas.

c) Los ingresos que produzcan las representaciones teatrales y actos culturales con motivo de la Muestra.

d) Cualquier otro ingreso que pudiera serle atribuido.

Sexto. Normativa de funcionamiento del Patronato.

Sin perjuicio de lo establecido en esta Orden, el funcionamiento del Patronato se atendrá a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El funcionamiento del Patronato será atendido, en lo que respecta a la Administración General del Estado, con los actuales medios de personal y materiales del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Séptimo. Facultades de desarrollo.

Por el Ministerio de Educación y Cultura se adoptarán las medidas necesarias para el cumplimiento de lo que en esta Orden se establece, previo el conocimiento de la Generalidad Valenciana, la Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Alicante.

Octavo. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de septiembre de 1998.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas.

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