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Documento BOE-A-1998-23050

Orden de 16 de septiembre de 1998 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 5.413/1992, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 2.528/1989, promovido por «Viagro, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 1998, páginas 33117 a 33117 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-23050

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de febrero de 1992, el Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía (Granada), dictó sentencia en el recurso

contencioso-administrativo número 2.528/1989, promovido por la entidad mercantil "Viagro,

Sociedad Anónima", sobre infracción a la legislación en materia de

productos fitosanitarios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

"Fallo: Que rechazando la causa de inadmisibilidad por incompetencia,

invocada por el señor Abogado del Estado, debemos estimar y estimamos

el recurso contencioso-administrativo promovido por ªViagro, Sociedad

Anónimaº, representada por la Procuradora doña María Angustias

González Bueno, contra Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación de 5 de septiembre de 1989, confirmatoria en alzada de resolución

de la Dirección General de Política Alimentaria de 3 de marzo anterior,

estimó la concurrencia de una infracción en materia de comercialización

de productos fitoparasitarios de la que es responsable la demandante,

imponiéndole sanción de 400.000 pesetas, declarando que la infracción

imputada no se halla tipificada en disposición de rango legal ni

reglamentaria por lo que dichos actos se revocan por no ajustados a Derecho,

reconociendo a la interesada el derecho, en su caso, a la devolución de

la multa, y sin expresa condena en costas."

Habiéndose interpuesto recurso de apelación número 5.413/1992, por

la Administración del Estado, el Tribunal Supremo, con fecha 11 de mayo

de 1998, dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por

el señor Abogado del Estado contra la sentencia de fecha 10 de febrero

de 1992, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede

en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso

número 2.528/1989, debemos confirmar y confirmamos la indicada

sentencia, sin expresa imposición de las costas causadas en esta segunda

instancia.

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios

términos la precitada sentencia.

Madrid, 16 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de

1998), el Secretario general Técnico, Manuel Gonzalo González.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general

de la Alimentación.

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