Contido non dispoñible en galego
Con fecha 10 de febrero de 1992, el Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (Granada), dictó sentencia en el recurso
contencioso-administrativo número 2.528/1989, promovido por la entidad mercantil "Viagro,
Sociedad Anónima", sobre infracción a la legislación en materia de
productos fitosanitarios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallo: Que rechazando la causa de inadmisibilidad por incompetencia,
invocada por el señor Abogado del Estado, debemos estimar y estimamos
el recurso contencioso-administrativo promovido por ªViagro, Sociedad
Anónimaº, representada por la Procuradora doña María Angustias
González Bueno, contra Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación de 5 de septiembre de 1989, confirmatoria en alzada de resolución
de la Dirección General de Política Alimentaria de 3 de marzo anterior,
estimó la concurrencia de una infracción en materia de comercialización
de productos fitoparasitarios de la que es responsable la demandante,
imponiéndole sanción de 400.000 pesetas, declarando que la infracción
imputada no se halla tipificada en disposición de rango legal ni
reglamentaria por lo que dichos actos se revocan por no ajustados a Derecho,
reconociendo a la interesada el derecho, en su caso, a la devolución de
la multa, y sin expresa condena en costas."
Habiéndose interpuesto recurso de apelación número 5.413/1992, por
la Administración del Estado, el Tribunal Supremo, con fecha 11 de mayo
de 1998, dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por
el señor Abogado del Estado contra la sentencia de fecha 10 de febrero
de 1992, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede
en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso
número 2.528/1989, debemos confirmar y confirmamos la indicada
sentencia, sin expresa imposición de las costas causadas en esta segunda
instancia.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de
1998), el Secretario general Técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general
de la Alimentación.
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