Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
(Bilbao), con fecha 18 de febrero de 1998, sentencia firme en el recurso
contencioso-administrativo número 487/1996, promovido por "Sociedad
Cooperativa de Embarcaciones de Pesca Urgain", sobre sanción por
infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva
dice así:
"Fallo: Que desestimando el presente recurso
contencioso-administrativo número 487/1996, interpuesto por el Procurador don Pedro María
Santín, en nombre y representación de la ªSociedad Cooperativa de
Embarcaciones de Pesca Urgainº, en relación con la Orden de la Ministra de
Agricultura, Pesca y Alimentación, de 7 de noviembre de 1995, que declara
inadmisible, por extemporáneo, el recurso ordinario interpuesto contra
la Resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros, de 8 de
abril de 1995, por la que se impone a don Blas Osa Ibaceta, patrón del
pesquero ªEnsenada de Zagustan IIº, la sanción de 503.930 pesetas, en
materia de pesca, debemos declarar y declaramos:
Primero.-La conformidad a Derecho del acto administrativo recurrido,
que, por ello, lo debemos confirmar y lo confirmamos.
Segundo.-La imposición a la parte actora de las costas devengadas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios
términos, la precitada sentencia.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio
de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid