Visto el expediente de indulto de don Salvador Suárez Suárez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas, en sentencia de
fecha 26 de noviembre de 1991, como autor de un delito de utilización
ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de cuatro meses y un
día de arresto mayor y privación del permiso de conducir o de la facultad
de obtenerlo por tiempo de tres meses y un día y un delito continuado
de robo, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990; a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 4 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Salvador Suárez Suárez las penas privativas
de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid