El Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de septiembre de 1998, adoptó el Acuerdo referenciado en el título de esta Resolución.
Considerando necesaria la publicidad del citado Acuerdo, he resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a cuyo efecto figura su texto como anexo a esta Resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 1998.–El Secretario de Estado, Albert Vilalta González.
El artículo 160 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social establece como objeto del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) la construcción y, en su caso, la administración de las nuevas infraestructuras ferroviarias que expresamente le atribuya el Gobierno, a propuesta del Ministro de Fomento. Lo dispuesto en este precepto ha sido recogido en el artículo 4.1 del Estatuto del Ente Público aprobado por el Real Decreto 613/1997, de 25 de abril.
El Plan Director de Infraestructuras incluye entre sus previsiones la construcción de un nuevo acceso ferroviario norte-noroeste entre Madrid y Valladolid/Medina del Campo. Las características de la nueva infraestructura así como razones de operatividad y de eficacia gestora aconsejan, de conformidad con las previsiones de la normativa anteriormente citada, atribuir la construcción de la nueva infraestructura al Ente Público.
En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Fomento, en su reunión del día 18 de septiembre de 1998 ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Atribuir al Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) la construcción de la infraestructura del nuevo acceso ferroviario norte-noroeste Madrid-Segovia-Valladolid/Medina del Campo.
El Ministerio de Fomento adoptará las medidas necesarias para la ejecución de este Acuerdo.
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