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Documento BOE-A-1998-23380

Resolución de 28 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura y la Comunidad Autónoma de Canarias, para la recopilación y microfilmación de todos los documentos que sobre las islas Canarias se encuentran custodiados en el Archivo General de Simancas.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 1998, páginas 33606 a 33607 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23380

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura y la Comunidad Autónoma de Canarias han suscrito un Convenio de Colaboración para la recopilación y microfilmación de todos los documentos que sobre las islas Canarias se encuentran custodiados en el Archivo General de Simancas, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos. 

Madrid, 28 de septiembre de 1998.–El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS SOBRE FUENTES DOCUMENTALES RELATIVAS A LA HISTORIA DE CANARIAS EN EL ARCHIVO GENERAL DE SIMANCAS

En Madrid, a 18 de mayo de 1998.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña Esperanza Aguirre y Gilde Biedma, Ministra de Educación y Cultura, actuando por delegación del Gobierno de la Nación, en virtud de Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto), que en lo sucesivo se denominará cedente.

Y de otra, el excelentísimo señor don José Mendoza Cabrera, Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, en virtud de la facultad que le atribuye el artículo 29.1.k) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, que en lo sucesivo se denominará cesionario.

Actúan en el ejercicio de las competencias que, respectivamente, tienen atribuidas por el artículo 149.2 de la Constitución y el artículo 30 de la Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias.

EXPONEN

Primero.

Que el cesionario está interesado en la reproducción y posterior utilización con fines de difusión cultural en el microfilm de los documentos que constituyen «Fuentes documentales relativas a la Historia de Canarias en el Archivo General de Simancas».

Segundo.

Que el Archivo General de Simancas es un centro dependiente del Ministerio de Educación y Cultura a través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas y que el citado Ministerio está dispuesto a conceder el permiso necesario para su reproducción y difusión, dada la relevancia cultural que ello conlleva.

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años a partir de la firma del mismo, considerándose tácitamente prorrogado por uno más siempre que no medie entre las partes denuncia expresa del mismo, la cual se manifestará al menos con un mes de antelación.

Segunda.

El cedente autoriza al cesionario para que pueda reproducir en microfilm todos los documentos relacionados con el proyecto denomiando «Fuentes documentales relativas a la Historia de Canarias en el Archivo General de Simancas».

Tercera.

El cedente, debido a la relevancia cultural del proyecto, exime al cesionario de los precios públicos estipulados en la Orden de 20 de enero de 1995.

Cuarta.

El cedente se compromete a realizar la reproducción de los documentos en el servicio de microfilm del Archivo General de Simancas, quedando el negativo de cámara en el citado Archivo y entregándose al cesionario copia del mismo.

Corresponden al cesionario los gastos derivados de la coordinación técnica y científica, así como la búsqueda y clasificación de la documentación objeto de este Convenio, cifrados en 1.000.000 de pesetas por anualidad de vigencia del mismo.

Quinta.

Que el cesionario se compromete a citar la colaboración del Ministerio de Educación y Cultura en cualquier actividad relacionada con el objeto del presente Convenio.

Sexta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se crea una Comisión de Vigilancia y Control que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del presente Convenio, así como el seguimiento periódico de las labores objeto del mismo. Dicha Comisión se constituirá a partir de la firma de este Convenio y estará compuesta, a partes iguales, por dos representantes del Ministerio de Educación y Cultura, nombrados por el Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas, y dos representantes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, nombrados por el Director general de dicha Consejería, más un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado en el lugar y fecha indicado «ut supra».–La Ministra de Educación y Cultura, Esperanza Aguirre y Gil de Biedma.–El Consejero de Educación, Cultura y Deportes, José Mendoza Cabrera.

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