La Sociedad Cooperativa Limitada «Frutas y Cítricos de Mula», de Mula (Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, fue reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 13 de abril de 1989. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas Organizaciones, resuelvo:
Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre de 1996, y la Orden de 30 de abril de 1997, para las categorías II (Frutas) y V (Cítricos), a la Sociedad Cooperativa Limitada «Frutas y Cítricos de Mula», de Mula (Murcia).
Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la Sociedad Cooperativa Limitada «Frutas y Cítricos de Mula», de Mula (Murcia), para las categorías II (Frutas) y V (Cítricos), asignándole el número 207.
Que se continúen asignando, hasta su expiración, como derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/72 en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) número 2200/96.
Madrid, 15 de septiembre de 1998.–El Director general, Rafael Milán Díez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid