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Documento BOE-A-1998-23403

Orden de 23 de septiembre de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo número 2.641/1995, promovido por don José Serrano Piñas.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 1998, páginas 33691 a 33691 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-23403

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 2 de marzo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 2.641/1995, en el que son partes, de una, como demandante, don José Serrano Piñas, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 10 de marzo de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 21 de noviembre de 1994, sobre remuneración de la persona encargada de la asistencia al gran inválido.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Serrano Piñas contra la Resolución de la Subdirección General de Recursos del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 10 de marzo de 1995, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 21 de noviembre de 1994, denegatoria de la solicitud de remuneración a la persona encargada de la asistencia de gran inválido del recurrente jubilado por incapacidad permanente en fecha 10 de mayo de 1990, por no ser conforme a Derecho la referida Resolución impugnada, que, en consecuencia, se anula; sin expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 23 de septiembre de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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