La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 30 de junio de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.928/1996, en el que son partes, de una, como demandante, don Feliciano Milla Garcés, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 22 de abril de 1996, sobre pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática, turno de «Plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas».
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos:
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.928/1996, interpuesto por don Feliciano Milla Garcés, representado por el Procurador don Francisco Álvarez del Valle, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 28 de mayo de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, acto que se confirma en el aspecto objeto de recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 23 de septiembre de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.
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