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En el recurso contencioso-administrativo número 05/2218/1995,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por don Javier Villacieros Machimbarrena, contra la
Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de
funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 2 de diciembre
de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado
del Estado.
Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de don Javier Villacieros Machimbarrena,
contra Resolución del Ministro de Asuntos Exteriores de fecha 4 de julio
de 1995, que se confirma por ser ajustada a Derecho, con todos los efectos
inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos de la
referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 22 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de
1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal
Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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