Visto el expediente de indulto de don Iñaki Zúñiga Salcedo, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado por
orden de la Ministra de Justicia de conformidad con lo establecido en
el artículo 21 de la Ley de Indultos y condenado por el Juzgado de lo
Penal número 1 de Pamplona, en sentencia de fecha 17 de junio de 1997,
como autor de un delito de negativa a la prestación del servicio militar,
a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Iñaki Zúñiga Salcedo la pena privativa de
libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás
pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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