Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Ollacarizqueta
Cobos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo
establecido en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección
Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián que, en sentencia
de fecha 5 de marzo de 1996, resolutoria de recurso de apelación
interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián,
de fecha 9 de febrero de 1995, le condenó, como autor de un delito de
rehuse al cumplimiento del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro
meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo
de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1992, a
propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Francisco Javier Ollacarizqueta Cobos la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los
demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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