Visto el expediente de indulto de don Basilio Bermúdez Rosillo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal de Zamora, en sentencia de fecha 25 de mayo
de 1996, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la
pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Basilio Bermúdez Rosillo la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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