Visto el expediente de indulto de don José García Dios, con los informes
del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra, en sentencia de fecha 18 de
septiembre de 1995, como autor de un delito de contrabando, a la pena
de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 9.000.000
de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y
derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en conmutar a don José García Dios la pena privativa de libertad
impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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