Visto el expediente de indulto de don Ricardo Lázaro Lacruz Serrate,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, en sentencia
de fecha 12 de diciembre de 1996, como autor de un delito de lesiones,
a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Ricardo Lázaro Lacruz Serrate la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de doscientos
días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 2.500 pesetas, cuyo inicio
y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador,
a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo
de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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