La Sociedad Cooperativa Almendras de Andalucía, de Estación de
Cartama (Málaga) cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad
Autónoma, fue reconocida como Organización de Productores de Frutas
y Hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 7 de junio
de 1994. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como Organización
de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo
11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre
y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa
que regula el reconocimiento de estas Organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de
Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11
del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo de 28 de octubre de
1996 y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría VI (frutos de
cáscara) a la Sociedad Cooperativa Almendras de Andalucía, de Estación
de Cartama (Málaga).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de
Productores de Frutas y Hortalizas a la Sociedad Cooperativa Almendras de
Andalucía, de Estación de Cartama (Málaga) para la categoría VI (frutos
de cáscara), asignándole el número 431.
Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como
derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento
(CEE) número 1035/72 en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE)
número 2200/96.
Madrid, 8 de septiembre de 1998.-El Director general, Rafael Milán
Díez.
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