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Documento BOE-A-1998-24023

Resolución de 22 de septiembre de 1998, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca a concurso público la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 1998, páginas 34355 a 34362 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-24023

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,

de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del

Estado" de 1 de septiembre) y en el Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),

por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas

de los Cuerpos Docentes Universitarios, en su nueva redacción

dada por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 11 de julio).

El Rector de esta Universidad ha resuelto convocar a concurso

las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución,

con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.-La tramitación del concurso para proveer las citadas

plazas será para cada una de ellas y se regirán por lo dispuesto

en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre; la Orden de 28 de diciembre

de 1984, y en lo no previsto, por la legislación general vigente

de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados

miembros de la Unión Europea, según lo establecido en la

Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), y en el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" de 7 de junio), por la que se regula el acceso

a determinados sectores de la función pública de los nacionales

de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta años de edad.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Tercera.-Deberán reunir, además, las siguientes condiciones

académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,

estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones

señaladas en el artículo 4, apartado 1, letra c), del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

b) Para concursar a plazas de Profesor titular de Universidad,

estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones

del artículo 37.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuela

Universitaria, las condiciones señaladas en el artículo 36.1 de la

Ley 11/1983, de 25 de agosto, o las de la disposición transitoria

tercera del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

d) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuela

Universitaria, cumplir las condiciones señaladas en el artículo 35.1

de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.

Cuarta.-Quienes deseen tomar en el concurso, remitirán la

correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector Magnífico

de la Universidad de Burgos por cualquiera de los métodos

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados

a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia según modelo

del anexo II, debidamente cumplimentada, junto con fotocopia

del documento nacional de identidad y los documentos que

acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en el concurso.

De conformidad con el artículo 5.1 del Real Decreto 1427/1986,

la concurrencia de los requisitos deberá estar referida, siempre,

a la fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar

la participación en el concurso y mantenerse hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Con la solicitud, los aspirantes deberán adjuntar el justificante

de haber abonado en la entidad Caja de Burgos, entidad 2018,

oficina principal 0000, cuenta número 1120001005, a nombre

de la Universidad de Burgos, cuenta restringida de ingresos de

oposiciones, la cantidad de 4.000 pesetas por derechos de

examen, mediante transferencia bancaria a la citada cuenta. En todo

caso, se hará constar la referencia del concurso y plaza (C.19)

a la que se aspira, indicada en el anexo I. La ausencia del

justificante de pago determinará la exclusión del aspirante.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad de Burgos, por cualquiera de los

procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación provisional

de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de la

exclusión.

Contra esta Resolución los interesados podrán presentar

reclamación ante el Rector en el plazo de quince días hábiles, a contar

desde el día siguiente al de la notificación. Resueltas las posibles

reclamaciones, la mencionada relación adquirirá la condición de

definitiva.

Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de estas

pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio.

Sexta.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo

habilitado reglamentariamente para la constitución y previa consulta

a los restantes miembros de la misma, dictará una resolución que

deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación

mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto

para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios, para efectuar el acto de constitución

de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso,

para realizar el acto de presentación de los concursantes, con

señalamiento del día, lugar y hora de celebración de dicho acto.

Séptima.-En el acto de presentación los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada

en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13

de junio, según se trate, en cada caso, de concurso de acceso

o concurso de méritos. Se adjunta en el anexo III modelo de

currículum vitae.

Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de plazas

deberán presentar -a través del Registro General de esta

Universidad-, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de

finalización de la actuación de la Comisión, por cualquiera

de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del documento nacional de identidad

o, en su caso, documento acreditativo de la nacionalidad,

certificado por la autoridad competente del país de origen.

b) Copia compulsada del título académico.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas. Los no españoles deberán presentar

documento acreditativo de no estar sometidos o sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública, debidamente certificado por la autoridad competente del

Estado de procedencia.

d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.

e) Certificación oficial médica de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que le inhabilite para el desempeño de

las funciones correspondientes a la condición de Profesor de

Universidad.

Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán

exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás

requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependieran, para acreditar su condición de funcionario y

servicios.

Novena.-La presente convocatoria y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones

podrán ser impugnados por los interesados ante el Rector de la

Universidad de Burgos, en los casos y en la forma previstos en

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, agotadas,

en su caso, las reclamaciones previstas en las normas específicas.

Burgos, 22 de septiembre de 1998.-El Rector, José María Leal

Villalba.

ANEXO I

Catedrático de Universidad

Plaza: 19.1 CAUN 016

Concurso de acceso.

Área de conocimiento: "Edafología y Química Agrícola".

Departamento: Química.

Centro: Facultad de Ciencia y Tecnología de los Alimentos y

Ciencias Químicas.

Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia

e investigación en materias propias del área de conocimiento.

Anexo II (ver imágenes páginas 34357 a 34362)

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