La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 30 de junio de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/2.018/1996, en el que son partes, de
una, como demandante doña María Dolores Ferrero Garrido, y de otra,
como demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección
General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 7 de mayo
de 1996, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 2.018/1996, interpuesto por doña María
Dolores Ferrero Garrido, en su propio nombre y derecho, contra la Resolución
del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 7 de mayo
de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, acto que se confirma
por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 1 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de
1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General
de Servicios de la Administración Pública.
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