De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdiccción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta), en el recurso número 596/1996, interpuesto por don Santiago Guzmán Santano y otra, sobre indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director de Asuntos Económicos del Cuartel General de la Armada.
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