De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdiccción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 16/1996, interpuesto por don Bernardino Tierno Benavente, sobre reconocimiento de tiempo a efectos de trienios.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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