De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la
Jurisdiccción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional (Sección Cuarta), en el recurso número 712/1996, interpuesto por don
Noé Rodríguez Rodríguez, sobre exención del servicio militar.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
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