Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso, en la Escala de Gestión de Empleo
del Instituto Nacional de Empleo mediante proceso específico de
promoción interna, convocadas por Orden del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales de 17 de febrero de 1997 ("Boletín Oficial
del Estado" del 28), y verificada la concurrencia de los requisitos
exigidos en las bases de la convocatoria,
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto
2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias
en materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de la Escala de
Gestión de Empleo del Instituto Nacional de Empleo mediante proceso
específico de promoción interna, a los aspirantes aprobados que
se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de
acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos
que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de su destino en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado".
Tercero.-En el caso de aquellos funcionarios transferidos a
las Comunidades Autónomas con posterioridad a la fecha de
publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas se estará a
lo dispuesto en los acuerdos adoptados en la Comisión de
Coordinación de la Función Pública.
Cuarto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66
y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación
a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Secretario de Estado,
Francisco Villar García-Moreno.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y Director general de la Función Pública.
Anexo (ver imágenes páginas 34737 a 34744)
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