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Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Fernández
Lozano, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo
establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección
Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona que, en sentencia de
fecha 27 de marzo de 1996, le condenó, como autora de un delito contra
la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión
menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 25 de septiembre de 1998,
Vengo en conmutar a doña María del Carmen Fernández Lozano la
pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a
condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres
años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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