Visto el expediente de indulto de don Miguel Vallespí Zambudio, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona, en sentencia de fecha 20 de mayo de 1993, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena dos meses de arresto mayor, y de un delito de estafa, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Miguel Vallespí Zambudio la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que satisfaga las responsabilidades civiles y que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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