La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
ha dictado sentencia, con fecha 21 de julio de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo numero 3/1.920/1996, en el que son partes, de
una, como demandante, don José Javier Jiménez Larequi, y de otra, como
demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Secretaría
de Estado para la Administración Pública de fecha 14 de junio de 1996,
sobre puntuación en fase de concurso, primer ejercicio de las pruebas
selectivas para acceso al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática
de la Administración del Estado.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 1.920/96, interpuesto por don José Javier
Jiménez Larequi, en su propio nombre y derecho, contra la Resolución
del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 14 de junio
de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, acto que se confirma
en el aspecto objeto de recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 8 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de
1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de
Administración Pública.
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