El Colegio Público "Modesto Lafuente" de Palencia, fue construido por
don Juan Agapito y Revilla en 1897 en estilo ecléctico, con un cierto carácter
neomudéjar.
La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por
Resolución de 26 de enero de 1998, incoó expediente de declaración de bien
de interés cultural, con categoría de monumento, a favor del Colegio Público
"Modesto Lafuente", en Palencia.
Con fecha 31 de marzo de 1998 la Universidad de Valladolid informa
favorablemente la pretendida declaración.
De conformidad con lo establecido en los artículos1y2delDecreto
273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en
materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la
Consejera de Educación y Cultura ha propuesta declarar bien de interés
cultural dicho inmueble con la categoría de monumento y a tal efecto
ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en
la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de
éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los
documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del
Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que
modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial
de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de
Castilla y León, y a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,
previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día
25 de septiembre de 1998, dispongo:
Artículo 1.
Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el
Colegio Público "Modesto Lafuente", en Palencia.
Artículo 2. Entorno de protección.
El entorno de protección incluye el siguiente ámbito:
Manzana 35.193: Parcelas 02, 16 y 17.
Manzana 35.191: Parcelas 11, 12 y 13 en sus fachadas a calle Rizarzuela
y calle Mariano Prieto.
Manzana 34.195: Parcelas 01 y 02 en sus fachadas a calle Mariano
Prieto.
Manzana 34.182: Parcelas 01, 02 y 03 en sus fachadas a calle Mariano
Prieto y avenida José Antonio.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente
Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan
en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente
Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan
en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
Contra este Decreto que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses.
Astorga (León), 25 de septiembre de 1998.-El Presidente, Juan José
Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura, Josefa Eugenia
Fernández Arufe.
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