La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 6 de mayo de 1998 en el recurso contencioso-administrativo número 2.034/1995, interpuesto por don Enrique Moreno Jiménez contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 6 de junio de 1995, que le reconoció el tiempo de servicios previos a efectos de trienios.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo número 2.034/1995, interpuesto por don Enrique Moreno Jiménez contra la Resolución de 6 de junio de 1995 del Director general de la Agencia Estatal Tributaria, la cual anulamos por ser contraria a Derecho, y declaramos el derecho del recurrente a que le sean computados a efectos de trienios los servicios prestados en la Administración Pública desde el 1 de noviembre de 1976 al día 2 de septiembre de 1978. Sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 29 de septiembre de 1998.–El Director general, José Aurelio García Martín.
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