Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-24819

Resolución de 29 de septiembre de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 956/1996, interpuesto por don Marcos Aguado Maestro.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1998, páginas 35428 a 35428 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-24819

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 8 de junio de 199,8 en el recurso contencioso-administrativo número 956/1996, interpuesto por don Marcos Aguado Maestro, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 4 de septiembre de 1996, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra de 19 de abril de 1996, respecto al puesto número 555.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Marcos Aguado Maestro contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de fecha 4 de septiembre de 1996, a que la demanda se contrae, anulamos dicha Resolución, como contraria a derecho, en lo que se refiere exclusivamente a la adjudicación del puesto de trabajo número 555, condenando a la AEAT a que por la Comisión de valoración se proceda a valorar de nuevo los méritos de los aspirantes a dicho puesto, otorgando a todos los pertenecientes a la misma promoción la misma puntuación por trabajo desarrollado, y a valorar los cursos de formación y perfeccionamiento que hubieren acreditado, que reúnan los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procediendo a adjudicar el puesto 555 al concursante que obtenga mayor puntuación y, en caso de empate, al que tuviere mejor puesto en las pruebas de acceso al Cuerpo. Sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 29 de septiembre de 1998.‒El Director general, José Aurelio García Martín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid