Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 2 de junio de 1998, sentencia firme en el recurso de apelación número 5.433/1992, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 46.995, promovido por la entidad «Pascual de Aranda, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de piensos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra sentencia de 28 de febrero de 1992 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 46.995/1987, en el que la entidad ‘‘Pascual de Aranda, Sociedad Anónima’’, impugnaba la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 3 de noviembre de 1986, debemos revocar la citada sentencia y desestimar el citado recurso por aparecer ajustada a derecho la citada Orden de 3 de noviembre de 1986. Sin que haya lugar a expresa condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 13 de octubre de 1998.–P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general de Alimentación.
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